Impuesto a la herencia en Uruguay: qué se paga al heredar

Por Global Tax · octubre 7, 2026

Vista aérea de la península de Punta del Este con sus casas frente al mar

En resumen:

  • Uruguay no tiene impuesto a la herencia. El viejo impuesto sucesorio se derogó en 1974.
  • Lo único que se paga al heredar es el ITP sobre los inmuebles: 3% si el heredero es hijo, nieto o padre del fallecido, y 4% en los demás casos, incluido el cónyuge.
  • Se calcula sobre el valor real que fija Catastro, no sobre el precio de mercado.
  • El dinero, las cuentas, las acciones y los demás bienes muebles no pagan impuesto por heredarse, y la herencia no tributa IRPF.

Quien hereda en Uruguay suele preguntarse cuánto se lleva el Estado. La respuesta corta es que no hay un impuesto a la herencia como en otros países, pero sí un impuesto cuando se heredan inmuebles, además de los costos del trámite. En esta guía explicamos qué impuestos se pagan al heredar en Uruguay, cuánto es el ITP, cómo se calcula, quién lo paga y qué pasa cuando hay bienes o herederos en el exterior. Para el trámite completo, ver sucesiones en Uruguay.

¿Existe el impuesto a la herencia en Uruguay?

No. Uruguay tuvo un impuesto sucesorio desde 1893, con escalas progresivas, pero fue derogado en 1974 y desde entonces no existe un impuesto general sobre lo que se hereda. Heredar dinero, acciones o una empresa no genera, por sí mismo, un impuesto proporcional a su valor.

Lo que sí existe es un impuesto a la transmisión de inmuebles, que alcanza también a las transmisiones por causa de muerte: el Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (ITP).

El ITP sobre los inmuebles heredados

El ITP grava, entre otros hechos, la transmisión de bienes inmuebles por causa de muerte. Los contribuyentes son los herederos y legatarios. Las tasas (artículo 7 del Título 19 del Texto Ordenado) son:

Heredero o legatario Tasa del ITP
En línea recta descendente: hijos, nietos 3%
En línea recta ascendente: padres, abuelos 3%
Cónyuge o concubino 4%
Hermanos, sobrinos y demás colaterales 4%
Legatarios sin parentesco en línea recta 4%

El cónyuge no está en línea recta con el causante, por eso tributa el 4%. Recordá que la mitad de los bienes gananciales ya es del cónyuge por la sociedad conyugal: esa mitad no se hereda.

Cuánto se paga: cómo se calcula el impuesto

  • Base: el valor real del inmueble fijado por la Dirección Nacional de Catastro, actualizado por la variación del IPC. Suele ser bastante menor que el valor de mercado.
  • Proporción: cada heredero paga sobre la parte que recibe.
  • Usufructo y nuda propiedad: se valúan con las reglas del Impuesto al Patrimonio.
Ejemplo Cálculo
Dos hijos heredan un apartamento con valor real de $3.000.000 3% × $3.000.000 = $90.000 en total ($45.000 cada uno)
Un sobrino hereda una casa con valor real de $2.000.000 4% × $2.000.000 = $80.000

Plazo y quién paga

  • Quién: los herederos y legatarios, ante la DGI.
  • Cuándo: la práctica y la normativa fijan un año desde el fallecimiento; pagarlo después genera multas y recargos.
  • Cómo: el pago se acredita en la sucesión y es necesario para inscribir el inmueble a nombre de los herederos. Ver trámites de sucesión de un inmueble.

Qué otros impuestos y costos aparecen al heredar

Concepto Cuándo aplica
Impuesto al Patrimonio Mientras la sucesión está indivisa y, después, para cada heredero si su patrimonio en Uruguay supera el mínimo no imponible
Contribución inmobiliaria y tributos del inmueble Las deudas del causante pasan a la sucesión
IRPF por la venta posterior Si los herederos venden el inmueble heredado, la ganancia puede tributar IRPF
Costos del trámite Honorarios, edictos, timbres e inscripciones; no son impuestos, pero pesan

Lo que no paga impuesto al heredarse

  • Dinero y cuentas bancarias, acciones, bonos y participaciones en sociedades.
  • Vehículos, muebles y joyas.
  • La herencia como ingreso: recibir una herencia no tributa IRPF.
  • Ahorros en AFAP: en 2024 el Poder Ejecutivo aclaró que los fondos de AFAP que pasan a los herederos no pagan IASS ni IRPF, tras la polémica por lo que se calificó como un impuesto a la herencia encubierto.

Herencias con bienes o herederos en el exterior

  • Inmuebles en Uruguay de un extranjero: pagan el mismo ITP, y la sucesión se hace en Uruguay según la ley uruguaya. Ver herencias internacionales.
  • Herederos que viven en otro país: su país de residencia puede gravar la herencia. Por ejemplo, España grava a sus residentes por las herencias recibidas, y en Brasil existe el ITCMD estadual.
  • Bienes de un uruguayo en el exterior: tributan según la ley del país donde están.

Para familias con bienes en Brasil y en Uruguay, ver planeamiento sucesorio con bienes en Brasil; si estás por mudarte, ver vivir en Uruguay siendo brasileño.

¿Conviene donar en vida para evitar impuestos?

No necesariamente. La donación de un inmueble también paga ITP y puede generar IRPF para quien dona, y las donaciones tienen que respetar la legítima de los herederos forzosos. Para ordenar la transmisión del patrimonio hay otras herramientas, como el testamento, las sociedades o el fideicomiso, que conviene evaluar con números.

Preguntas frecuentes

¿Hay impuesto a la herencia en Uruguay?

No. Solo se paga el ITP sobre los inmuebles heredados.

¿Cuánto es el impuesto a la herencia de una casa en Uruguay?

El ITP: 3% del valor real de Catastro si heredan hijos, nietos o padres, y 4% en los demás casos.

¿El cónyuge paga impuesto al heredar?

Si hereda un inmueble, paga el ITP al 4%, porque no está en línea recta. La mitad de los gananciales ya es suya y no se hereda.

¿Heredar dinero paga impuestos en Uruguay?

No. El dinero, las cuentas y las acciones no pagan impuesto por heredarse, y la herencia no tributa IRPF.

¿Cuánto tiempo hay para pagar el ITP de una herencia?

Un año desde el fallecimiento; después se generan multas y recargos.

¿Un extranjero que hereda una propiedad en Uruguay paga impuestos?

Paga el ITP como cualquier heredero y, según su país de residencia, puede tener que tributar allá.

¿Tenés que calcular los impuestos de una herencia?

En GlobalTax calculamos el ITP, tramitamos la sucesión y coordinamos con herederos en el exterior para evitar pagar de más. Contactanos.

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