En resumen (actualizado a octubre de 2026):
- Uruguay regula los criptoactivos desde la Ley 20.345 (setiembre de 2024), que los reconoció como activos virtuales y puso a sus proveedores bajo la supervisión del Banco Central (BCU).
- La Circular BCU 2507 (julio de 2026) incorporó a los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) a las normas del mercado de valores: necesitan autorización previa del BCU.
- Los PSAV que ya operaban pueden pedir la autorización entre el 1 de setiembre de 2026 y el 31 de marzo de 2027, y seguir operando mientras se tramita.
- Son sujetos obligados en materia de lavado: deben identificar a sus clientes, monitorear operaciones y reportar a la UIAF.
Durante años los exchanges y custodios de criptomonedas operaron en Uruguay sin una regulación específica. Eso cambió: desde 2026 quien presta servicios con activos virtuales en forma profesional necesita autorización del Banco Central. En esta guía explicamos qué es un proveedor de servicios de activos virtuales (PSAV), qué exige el BCU, qué plazos hay y qué significa para empresas y usuarios. Para el mapa general, ver regulación financiera en Uruguay.
¿Qué es un PSAV?
Un proveedor de servicios de activos virtuales (PSAV), en inglés VASP, es la empresa que, en forma habitual y profesional, presta servicios con criptoactivos para terceros: un exchange, una billetera custodial, una plataforma de transferencias o quien participa en la oferta de un token. El término viene de las recomendaciones del GAFI, que pidió a todos los países registrar o licenciar a estos proveedores y aplicarles las normas contra el lavado.
El marco legal: Ley 20.345 y Circular 2507
| Norma |
Qué hizo |
| Ley 20.345 (promulgada el 19 de setiembre de 2024) |
Reconoció a los activos virtuales y amplió las potestades del BCU: modificó su Carta Orgánica (Ley 16.696, artículos 37 y 38) y la Ley de Mercado de Valores (Ley 18.627, artículo 14). |
| Circular BCU 2507 (julio de 2026) |
Incorporó a los PSAV a la Recopilación de Normas del Mercado de Valores: autorización previa, requisitos de patrimonio y garantías, gobierno corporativo, seguridad de la información, protección de los usuarios y prevención de lavado. |
El proyecto que el BCU sometió a consulta en 2025 distinguía entre PSAV «financieros» y «no financieros»; la circular final los puso a todos bajo el mismo régimen.
¿Qué actividades requieren autorización?
- Cambio entre activos virtuales y monedas de curso legal (comprar o vender cripto por pesos o dólares).
- Cambio entre activos virtuales (por ejemplo, de una criptomoneda a otra).
- Transferencia de activos virtuales por cuenta de clientes.
- Custodia y administración de activos virtuales o de los instrumentos que permiten controlarlos (las claves).
- Participación en la oferta o emisión de activos virtuales y servicios financieros relacionados.
Qué queda afuera
- El desarrollo de software, si el desarrollador no participa en la prestación del servicio.
- Los servicios con activos no fungibles (NFT), salvo que se usen como medio de pago, instrumento de inversión o representación digital de un valor.
- Quien compra, vende o guarda sus propias criptomonedas: la regulación alcanza a quien presta servicios a terceros.
Requisitos para obtener la autorización
- Estructura: sociedad con acciones nominativas (no al portador) y cadena de accionistas identificada hasta las personas físicas, con declaración del origen lícito del capital.
- Patrimonio y garantías: patrimonio mínimo y garantías constituidas a favor del BCU.
- Idoneidad de accionistas, directores y gerentes.
- Gobierno corporativo y gestión de riesgos, con un responsable de seguridad de la información con independencia funcional.
- Segregación de los activos de los clientes respecto de los del PSAV.
- Ciberseguridad y continuidad operativa, con auditorías periódicas.
- Tercerizaciones: si se usan proveedores o servidores en el exterior, hay que informarlo y asegurar el acceso del BCU a la información.
- Protección de usuarios: información clara sobre riesgos, costos y condiciones.
Cuando se opera mediante terminales automatizadas (cajeros de cripto), el límite es de US$ 1.000 diarios por cliente.
Obligaciones de prevención de lavado
Al quedar bajo la supervisión del BCU, los PSAV son sujetos obligados financieros de la ley de lavado de activos. Eso implica:
- Debida diligencia de los clientes y de sus beneficiarios finales. Ver compliance y KYC.
- Datos del ordenante y del beneficiario en las transferencias de cripto, con un estándar similar al de las transferencias bancarias internacionales (la «regla de viaje» del GAFI).
- Monitoreo de operaciones y reporte de las sospechosas a la UIAF.
- Oficial de cumplimiento, manual de procedimientos y capacitación.
Plazos para los PSAV que ya operan
| Fecha |
Qué pasa |
| Julio de 2026 |
Se publica la Circular 2507. |
| 1 de setiembre de 2026 |
El BCU empieza a recibir solicitudes de autorización. |
| 31 de marzo de 2027 |
Último día para que los PSAV que ya operaban presenten su solicitud. Pueden seguir operando mientras se resuelve. |
Un proveedor que no presente su solicitud en plazo no podrá seguir prestando servicios en Uruguay.
- Empresas que quieren operar desde Uruguay: necesitan constituir la entidad local y obtener la autorización; la evaluación incluye a los accionistas del exterior.
- Usuarios: la regulación no prohíbe tener criptomonedas; da más protección a quien opera con un PSAV autorizado (segregación de activos, información y supervisión).
- Bancos: un PSAV autorizado tiene un camino más claro para acceder a cuentas bancarias, algo que hasta ahora era una de las mayores trabas del sector.
Preguntas frecuentes
¿Las criptomonedas son legales en Uruguay?
Sí. La Ley 20.345 las reconoce como activos virtuales (no como moneda de curso legal) y regula a quienes prestan servicios con ellas.
¿Qué es un PSAV?
Un proveedor de servicios de activos virtuales: quien cambia, transfiere, custodia o administra criptoactivos para terceros en forma profesional.
¿Quién supervisa a los exchanges de cripto en Uruguay?
El Banco Central del Uruguay, a través de su Superintendencia de Servicios Financieros.
¿Hasta cuándo tienen plazo los PSAV que ya operan?
Hasta el 31 de marzo de 2027 para pedir la autorización, y pueden seguir operando mientras el BCU la tramita.
¿Necesito licencia para invertir en cripto?
No. La autorización la necesitan quienes prestan servicios a terceros, no quienes invierten por cuenta propia.
¿Tu empresa presta servicios con activos virtuales?
En GlobalTax analizamos si tu actividad entra en la definición de PSAV, preparamos la solicitud de autorización ante el BCU y armamos el programa de prevención de lavado. Ver licencias financieras y regulación o contactanos.